
La Salón de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La capital española falló en pos del recurso anunciado por los concejales del Conjunto Municipal del Partido Habitual del Municipio de Alcobendas contra los capitales municipales de 2020. 2.000 euros para las costas del prueba.
cuentas municipales Alcobenda de 2020 fueron aprobados en el pleno de 30 de julio del mismo año. El retardo en la presentación y aprobación de los balances económicos se debió al ámbito de pandemia mundial que se desarrollaba en esos días y la indecisión económica que ello implicaba. Concejales del Conjunto Municipal Partido Habitual afirmaron que estas cuentas no cumplían con la ley y presentaron una demanda en el primer mes del año de 2021. El fundamento fue un supuesto “grave desequilibrio” en el presupuesto, puesto que “No se tuvo presente la reducción aguardada en los capital”, por un valor aproximado de 11,4 millones de euros, según notificó el PP de la temporada.
Sin embargo, en su sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de La capital de españa, citando al Tribunal de Cuentas, apunta que “se dan las condiciones para la eficaz nivelación del presupuesto”, con lo que “el recurso contencioso administrativo ha de ser desechado, especialmente en el momento en que los efectos negativos de la pandemia del COVID-19 sobre los capital no son un hecho”. Se ha respetado el principio de equiparación de cómputos, en el sentido de que esta situación puede darse o no y, más allá de que no es importante para la resolución del recurso contencioso-administrativo, el presupuesto de 2020 se aprobó de conformidad con sus resoluciones con superávit.
Esto es, el Tribunal Superior de Justicia de La capital española, en su sentencia, afirma que los capitales municipales de 2020 de Alcobendas se ajustan a la Ley de Seguridad Presupuestaria y condena en costas a los demandantes.

Fuente: CronicaNorte
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